GDR (Programa Leader)

El objeto de la convocatoria será la concesión de ayudas con cargo al Programa LEADER 2007-2013, para financiar proyectos que cumplan los requisitos indicados en las diferentes medidas del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, y de acuerdo con la estrategia territorial de desarrollo rural establecida por cada uno de los Grupos de desarrollo rural de la provincia de Ciudad Real.

Quién puede recibir una ayuda del programa

Podrán solicitar las ayudas del programa empresarios/as individuales, microempresas, pymes, agricultores y ganaderos/as, Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales y cualquier otra entidad con personalidad jurídica recogida en la legislación vigente, así como las entidades públicas de carácter local, que cumplan los siguientes requisitos:
  • Acometer un proyecto de inversión localizado en uno de los municipios que forman parte del Grupo de desarrollo rural objeto del proyecto, siempre que el municipio no tenga más de 10.000 habitantes. En municipios de más de 10.000 habitantes se podrán financiar aquellas iniciativas con las que se generen al menos 3 puestos de trabajo de carácter indefinido de mujeres, jóvenes o discapacitados (mínimo 5 años).
  • En el caso de microempresas.Tener menos de 10 empleados. La plantilla se obtendrá por la media mensual habida durante el año del último ejercicio financiero cerrado y considerando tanto el personal a jornada completa como, en ponderación mensual, el trabajo a tiempo parcial o estacional.
  • Tener un volumen de negocio anual o balance general anual menor o igual a 2 millones euros.

Requisitos y obligaciones de los beneficiarios/as

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los promotores tendrán las siguientes obligaciones:
  • Ejecutar el proyecto.
  • Justificar que se cumplen las condiciones para recibir la ayuda, así como que se ha llevado a cabo la actividad y que cumplen los fines para los que se concede la misma.
  • Someterse a los controles a efectuar por el Grupo de desarrollo rural, la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Comisión Europea, aportando la información que se solicite.
  • Comunicar al Grupo de desarrollo rural la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien el proyecto subvencionado.
  • Acreditar que se hallan al corriente de sus obligaciones con Hacienda estatal, autonómica y con la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables debidamente registrados.
  • Mantener las inversiones y los documentos al menos cinco años.
  • Mantener visible durante los cinco años la placa.
  • Cumplir la normativa ambiental vigente.

Qué tipo de proyectos son subvencionables
  • De nueva creación: los que den origen a una nueva actividad y generen puestos de trabajo.
  • De ampliación: los que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida, mejorándola e incrementando la producción, o el inicio de una actividad que implique un cambio radical en el producto o en los procedimientos de producción y, en todo caso, incrementen el nivel de empleo.
  • De modernización: los que supongan un incremento de la producción, un beneficio medioambiental o una mejora de la accesibilidad, a través de una mejora del proceso productivo mediante la adquisición de equipos de tecnología avanzada o la introducción de nuevas tecnologías. Se requiere creación o consolidación de puestos de trabajo.
  • De traslado: los que planteen el desmontaje, traslado y montaje de empresas, desde poblaciones con más de 10.000 habitantes a núcleos de menor población. Se requiere creación de puestos de trabajo.
  • De adaptación a normativa: supone una inversión destinada al cumplimiento de una normativa con entrada en vigor desde el 1 de enero de 2007. Se requiere consolidación de puestos de trabajo. Se priorizarán las actuaciones en adaptación a normativa medioambiental.

Qué tipo de inversiones son subvencionables

Serán inversiones subvencionadas las realizadas con:
  • Construcción o mejora de inmuebles.
  • Maquinaria, instalaciones, utillaje, mobiliario.
  • Equipos para procesos de informatización y comunicación.
  • Costes generales, como remuneración por la redacción y ejecución del proyecto, estudios de viabilidad y adquisición de patentes.


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