- Su regulación viene reflejada en el Código de Comercio en materia mercantil y en el Código civil en materia de derechos y obligaciones.
 - El propietario controla y dirige toda la gestión de la empresa.
 - La personalidad jurídica recae sobre el titular que responde personalmente a todas las deudas que contraiga la empresa. (Responsabilidad ilimitada)
 - No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.
 - No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.
 - No hay limite mínimo en la aportación al capital de la empresa.
 
Pasos para constituirte como autónomo
- Alta censal en la Agencia Tributaria (IAE)
 - Alta en la Seguridad Social (RETA)
 - Trámites en tu ayuntamiento
 - Trámites en tu Organismo Autonómico
 - Trámites ante la inspección de trabajo
 
Ventajas
- Es la forma empresarial idónea para empresas de reducido tamaño
 - Es la forma que menos gestiones y trámites requiere para su constitución
 - Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario.
 
Inconvenientes             
- El empresario responde personalmente con todo su patrimonio ante las deudas que pueda generar la empresa
 - Si el Beneficio es alto puede estar sometidos a tipos impositivos elevados IRPF
 
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