Ayudas y subvenciones al emprendedor



Subvenciones relativas al Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo en Castilla-La Mancha. 2015



Beneficiarios y requisitos


a) Haber causado alta en el fichero de afiliación de la Tesorería General de la Seguridad Social en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
b) Ubicar el centro de trabajo o lugar de ejercicio de la actividad empresarial o profesional, y el domicilio fiscal, en el territorio de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
c) Que la actividad emprendedora no supere los parámetros de microempresa.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Es requisito común para todas las líneas de subvención, excepto para la línea Consolídate, en su modalidad de subvención destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la mujer titular de la actividad emprendedora, que el solicitante se incluya en alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente oficina de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha, al menos el día antes al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
b) Personas en alta en el fichero de Castilla-La Mancha del Sistema Nacional Garantía Juvenil, mayores de 16 años y menores de 25, o menores de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación. Estas personas deberán estar identificadas en dicho fichero y haber acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al programa, con carácter previo al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.


Programa empléate


Se establecen las siguientes cuantías de subvención:

            1º Cuando el beneficiario sea una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en la correspondiente oficina de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha, al menos el día antes al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 2.000 euros.

Se incrementará acumulativamente:

a) 1.000 euros si pertenece al colectivo:
-Hombres menores de 30 años.
-Mujeres menores de 35 años.
-Desempleados de larga duración, entendiendo por tales a los trabajadores que hayan extinguido por agotamiento su prestación o subsidio por desempleo, y cuyo período de inscripción como demandantes de empleo en las oficinas de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha sea, al menos, de 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad.

b) En 500 euros, cuando el beneficiario, en el momento de inicio de la actividad pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
-Desempleados inscritos en las correspondientes oficinas de empleo y emprendedores con una antigüedad superior a tres meses.
-Mayores de 45 años que causen alta por primera vez en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, o que no hubiesen estado de alta en los cinco años inmediatamente anteriores al inicio de la actividad.
-Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
-Personas que provengan de una situación de desempleo causada por un expediente de regulación de empleo de extinción en algún centro de trabajo de Castilla-La Mancha en los últimos 12 meses, computándose dicho periodo desde la fecha de baja en la empresa.
-Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género

            2º Cuando el beneficiario sea una persona inscrita en el fichero de Castilla-La Mancha del Sistema Nacional Garantía Juvenil, con carácter previo al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 3.500 euros.


Programa consolídate


Se establecen las siguientes cuantías de subvención:

             1º En su modalidad de subvención destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la mujer titular de la actividad emprendedora: 250 euros/semana para contratos de trabajo a tiempo completo, a contar desde la fecha de inicio del contrato del trabajador, hasta dieciséis semanas posteriores al parto, adopción o acogimiento, ampliable en caso de parto múltiple y de adopción o acogimiento de más de un menor en 2 semanas por cada hijo a partir del segundo. En el caso de contrato a tiempo parcial, la cuantía se reducirá proporcionalmente.

              2º  En su modalidad de subvención destinada al autónomo colaborador del titular de la empresa:
 a) Cuando el beneficiario sea una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en la correspondiente oficina de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha, al menos el día antes al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 1.800 euros
 b)  Cuando el beneficiario sea una persona inscrita en el fichero de Castilla-La Mancha del Sistema Nacional Garantía Juvenil, con carácter previo al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 2.000 euros.


Programa tutélate


Consiste en la financiación parcial de la contratación externa durante la puesta en marcha de la actividad, de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad profesional

Se establece una cuantía de subvención de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con los siguientes importes máximos:

              1º. Cuando el beneficiario sea una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en la correspondiente oficina de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha, al menos el día antes al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 2.000 euros.
              2º. Cuando el beneficiario sea una persona inscrita en el fichero de Castilla-La Mancha del Sistema Nacional Garantía Juvenil, con carácter previo al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente: 2.200 euros.


Solicitud y convocatoria


El plazo para presentar solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de empleo, en la que, anualmente se declararán los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, y finalizará el 10 de diciembre de ese mismo año, salvo que, con anterioridad a dicha fecha se produjese el agotamiento del crédito, supuesto en el cual, la Dirección General competente en materia de empleo dictará resolución, dando por finalizado el plazo de presentación de solicitudes.


Convocatoria 2015 para la concesión de subvenciones relativas al Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo en Castilla-La Mancha.

Bases reguladoras de subvenciones relativas al Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo en Castilla-La Mancha.












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